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La fianza electrónica en el mundo
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Enrique Fernández Bargues
Presidente Comité de Fianzas APF
efernandez@acc.es

Introducción

Este documento presenta el resultado de la encuesta realizada entre los miembros de la Asociación Panamericana de Fianzas, a través del "Bulletin Board", para solicitar información sobre los avances legislativos o normativos en materia de documentos o firmas electrónicas y sobre experiencias prácticas con fianzas electrónicas en los respectivos países.

La encuesta fue enviada pocas semanas antes de la celebración de la Asamblea General de la Asociación en Cartagena de Indias. Las pocas respuestas recibidas inicialmente y la premura nos impidieron presentar los resultados en la reunión del Comité de Fianzas. Afortunadamente, el número de respuestas se incrementó con posterioridad a la Asamblea y diversas aportaciones adicionales de compañías no miembro y de asociaciones colegas han permitido completar esta visión del estado de la fianza electrónica en el mundo.

No obstante, es evidente que el estudio no puede considerarse completo ya que es muy probable que existan otros casos interesantes no detectados por el autor del documento. Ello no resta, sin embargo, validez a las conclusiones finales y a las recomendaciones que cierran el estudio.

Terminología

Para una mejor comprensión de los términos técnicos utilizados, comenzando por una definición de la fianza electrónica y para obtener una mayor visión de contexto, se recomienda revisar la ponencia sobre "Contratos Electrónicos en Fianzas" presentada por Enrique Fernández en el Seminario Internacional de la APF de 2005 en la República Dominicana, disponible en la web de la asociación.

Conviene asimismo tener en cuenta los diferentes nombres que en los diversos países reciben tanto la fianza (garantía, póliza, aval, "bond"), la entidad que la emite (compañía de seguros, afianzadora, "surety"), el cliente que la contrata (tomador, afianzado, fiado, "principal") y la que la recibe (asegurado, beneficiario, "owner"). A lo largo del informe se usan principalmente los términos "garantía", "compañía", "cliente" y "beneficiario" aunque pueden aparecer también los otros términos, sobre todo al referirnos al caso concreto de un país determinado.

Experiencias con la fianza electrónica en diferentes países

Se describen en este apartado, en forma breve, las experiencias más significativas detectadas en la encuesta o aquéllas de las que hemos tenido noticias de alguna otra forma. Quien desee más información sobre ellas puede dirigirse a las personas y/o compañías mencionadas al final del informe, que han facilitado la información utilizada.

Fianzas aduaneras en Argentina

La Dirección General de Aduanas (DGA), organismo dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), desarrolló en 2005 un procedimiento para la sustitución de las garantías aduaneras en papel por garantías electrónicas y su procesamiento automatizado con el fin de agilizar los trámites aduaneros, eliminar el ingente trabajo manual y reducir el volumen de papel.

El procedimiento incluye un aplicativo informático puesto a disposición de las compañías emisoras de garantías para la generación y envío del fichero electrónico una vez suscrito el riesgo, así como unas páginas web para la gestión y consulta de las garantías depositadas, tanto por las propias compañías garantes como por el importador (tomador), el despachante de las mercancías o el productor.

Un beneficio adicional, derivado del proceso automatizado de la DGA para las garantías, es la facilidad y rapidez para su cancelación. Luego de que el tomador solicita la liberación y la DGA la acepta, ésta da de baja la garantía en su sistema y la compañía garante recibe un mensaje electrónico automático que permite la cancelación del riesgo.

Todo el sistema funciona mediante claves de autentificación entregadas por la AFIP a los diversos intervinientes.

El sistema se inició de forma voluntaria para las compañías en 2005 y fue obligatorio a partir de Enero del 2006, por lo que todo el mercado está operando en este momento bajo la modalidad de póliza electrónica para este tipo de garantías.

El seguro de ventas "en verde" en Chile

Para proteger a los compradores de casas en construcción, que anticipan importantes cantidades de dinero antes de recibir su casa, en el caso de que el vendedor no cumpliera con la entrega, recientemente se aprobó en Chile una ley que obliga a garantizar las cantidades anticipadas y a formalizar el contrato de compraventa ante notario público, quien debe verificar la existencia de la garantía.

Para dar una respuesta ágil a la emisión de las garantías se ha desarrollado en Chile un sistema de solicitud y emisión electrónica. Las compañías estudian la solvencia y profesionalidad de los clientes y les otorgan límites preautorizados. Contra estos límites se produce la solicitud electrónica de la garantía, su aprobación automática o manual por un suscriptor y el envío por correo electrónico al tomador de la póliza, tanto en formato pdf, legible e imprimible, como en formato xml, procesable electrónicamente y firmado por la compañía con firma electrónica avanzada.

El sistema se completa con sitios web de acceso y consulta, tanto para el cliente como para el beneficiario, comprador de la vivienda, que puede verificar la existencia de la garantía y la exactitud de sus datos.

El sistema electrónico se ha impuesto en el mercado por las evidentes ventajas de agilidad y ahorro de costes que supone. Por este sistema se tramita el 90% de las pólizas de este tipo.

Fianzas electrónicas en Corea

Como complemento de su sistema de solicitud de fianzas por Internet, la Seoul Guarantee Insurance Company, compañía emisora exclusiva de garantías de Corea, ha desarrollado, sólo para algunos productos y para fianzas inferiores a U$S 50.000, un sistema de emisión de fianzas electrónicas.

Para la emisión de la fianza la compañía requiere una firma electrónica del cliente. Una vez generada, el cliente puede imprimirla para ser entregada al beneficiario o puede remitirla en forma electrónica a los beneficiarios conectados directamente al sistema de la compañía.

Durante 2005 se emitieron 79.023 fianzas electrónicas, que suponen aproximadamente el 5% de las fianzas totales de la compañía.

SGIC está desarrollando un sistema que permitirá conectar simultáneamente al tomador y al beneficiario con la compañía para la celebración del contrato en forma electrónica y la consiguiente suscripción del riesgo y emisión de la fianza también en forma electrónica.

Garantía de los anticipos de compradores de vivienda en España

Al igual que en el caso de Chile, en España es obligatorio por ley (desde 1968), garantizar a los compradores de viviendas en construcción las cantidades que anticipan a cuenta de precio. Sin embargo, estas compras anticipadas no se formalizan ante notario público, quien interviene exclusivamente en el momento de su transmisión efectiva al comprador, una vez finalizada la obra.

Las pólizas de seguro de caución que cubren la garantía constituyen un contrato a tres partes (compañía, tomador y beneficiario) y tradicionalmente están firmadas por todas ellas. La compañía de seguros de caución ACC, que ofrece la posibilidad de solicitar y tramitar las garantías por Internet desde 1999, ha desarrollado un sistema de garantía electrónica que permite completar el ciclo de vida de las pólizas de forma completamente electrónica.

Una vez que la compañía ha aceptado el riesgo, la póliza se emite electrónicamente en formato xml, un apoderado de la compañía la firma con firma electrónica avanzada y se le comunica al cliente por correo electrónico. A través de la extranet de clientes, éste puede revisar la póliza, firmarla a su vez con su certificado de firma avanzada e introducir o confirmar la dirección de correo electrónico del beneficiario. éste recibirá un aviso por correo electrónico junto con un enlace que le permitirá acceder a la póliza. Si posee un certificado de firma (es relativamente habitual en España para presentar las declaraciones de impuestos por Internet y, además, se han comenzado a emitir Documentos Nacionales de Identidad electrónicos que incluyen un certificado de firma) puede también firmarla.

Una vez recabadas las tres firmas, la póliza firmada es enviada a un proveedor de servicios de certificación, que actúa como notario electrónico verificando la integridad del documento, la validez de las firmas, la vigencia de los certificados empleados y añade un sello de tiempo firmando el fichero total resultante con su propia firma electrónica. El documento electrónico final se archiva en los servidores de la compañía a disposición tanto del tomador como del beneficiario.

En el caso de que el tomador o el beneficiario no dispongan de certificado de firma electrónica para poder firmar o prefieran el documento en papel, pueden solicitar la generación de la póliza en formato pdf. En ese caso se envía la póliza electrónica al proveedor de servicios, con las firmas electrónicas que tuviere hasta ese momento, para su notariado electrónico y se genera una imagen pdf de la póliza que incluye el sello de tiempo final y las antefirmas del resto de los participantes para poder cerrar el proceso en forma manuscrita.

Fianzas electrónicas en Holanda

La compañía de seguros de caución Nationaleborg de Holanda, dentro de su sistema BorgOnline de contratación de fianzas por Internet, emite para algunos productos fianzas electrónicas con firma electrónica avanzada. En el momento de la preparación de este informe no contábamos con información detallada sobre los productos concretos a los que se aplica ni sobre los formatos utilizados.

Méjico: una afianzadora atrevida

Apoyándose en recientes y abundantes modificaciones a la legislación y normativa mejicana (Código Civil, Código Federal de Procedimientos Civiles, Código de Comercio, Ley Federal de Protección al Consumidor, Ley Federal de Instituciones de Fianzas) en el sentido de reconocer y regular los documentos electrónicos y la firma electrónica equiparándolos a los documentos en papel con firma manuscrita, la afianzadora mejicana Aserta comenzó a emitir todas sus fianzas en formato electrónico desde comienzos del presente año 2006 utilizando firma electrónica avanzada.

La compañía, una vez recibida la solicitud de fianza por cualquier medio, no necesariamente electrónico, y analizado y aceptado el riesgo, emite la fianza en formato xml, la firma con firma electrónica avanzada y la envía a su cliente por medio de un correo electrónico. Con el fin de facilitar su aceptación, incluye también una imagen de la fianza en formato pdf, legible e imprimible, que incluye los datos del firmante electrónico, del certificado que ampara la firma y del certificador.

La compañía ha desarrollado, igualmente, la posibilidad de que el cliente y el beneficiario puedan verificar la autenticidad de las fianzas recibidas, tanto la electrónica en formato xml como la imagen en papel o pdf, contra los originales almacenados en el sitio web de la compañía.

Esta decisión viene acompañada de contactos con beneficiarios privados y oficiales para difundir las ventajas de la fianza electrónica y conseguir su aceptación.

Dado que es pionera en su mercado, Aserta está tratando de que el resto de las compañías del sector acepten sus modelos de fianza electrónica, estableciendo así estándares que puedan facilitar su aceptación generalizada.

La contratación pública electrónica en Estados Unidos

No tenemos datos sobre ningún caso concreto de fianza electrónica en Estados Unidos, pero ante la aparición de diversos sistemas de contratación electrónica en organismos federales y estatales en los que se admiten fianzas electrónicas con formatos diferentes, la Surety and Fidelity American Association (SFAA), además de la recomendación ya mencionada en la ponencia "Contratos Electrónicos en Fianzas" animando al uso de la fianza electrónica, ha emitido unas Eprocurement Bidding/Bonding Guidelines (Directrices para licitaciones y fianzas en compras electrónicas), que ya han sido adoptadas por las principales asociaciones de constructores americanas y enviadas por la Federal Highway Administration a los Departamentos de Transportes de todos los estados.

En ellas, junto a las recomendaciones dirigidas al proceso de publicación del concurso, recepción y apertura de ofertas y análisis y adjudicación del contrato, hay algunas específicas sobre las fianzas.

Las más relevantes a los efectos de este informe son:

  • Que se garantice la integridad del documento, la identidad de los firmantes, incluidos los datos del otorgamiento de poder al apoderado de la compañía emisora, la validez de los certificados y el no repudio del documento.

  • Que el documento quede almacenado de forma segura y accesible para todas las partes.

  • Que incorpore las firmas tanto del tomador como de la compañía emisora, que pueden haber sido incluidas en distinto momento.

  • Que utilice los formatos estándar de ACORD (Association for Cooperative Operations Research and Development) relativos a las transacciones electrónicas.

  • Que se pueda integrar con los sistemas informáticos de todas las partes.

  • Que incorpore la certificación de las firmas y de la entrega de la fianza por una tercera parte de confianza.

Adicionalmente, con el fin de facilitar la verificación de los poderes otorgados por las compañías a los firmantes de las fianzas, la SFAA está iniciando un proyecto para la creación de un Repositorio Central de Poderes.

Conclusiones

Del análisis de los casos descritos podemos extraer muy valiosas conclusiones:

  • La fianza electrónica es ya una realidad y va a impactar de forma significativa la forma en que se desarrolla el negocio de la caución.

  • La tecnología necesaria está madura y probada, y existen estándares aceptados internacionalmente para las distintas necesidades del proceso (formato del documento electrónico, entidades de certificación, certificados y proceso de firma, sellos de tiempo...).

  • La legislación ya recoge, o recogerá en breve, en la mayoría de los países en que existe el seguro de caución, la validez plena de los documentos electrónicos firmados con firma electrónica avanzada.

  • En los casos en que la iniciativa del sistema ha sido de las propias compañías, se ha optado generalmente por emplear estándares (formato xml y firma electrónica avanzada) que garanticen la amplia aceptación y la interoperabilidad entre los sistemas de las diversas partes y por incluir también una imagen impresa (pdf) que facilite la lectura y una transición gradual.

  • Cuando la iniciativa es del beneficiario y más si se trata de un organismo público (el caso de las fianzas aduaneras argentinas) se ha desarrollado un sistema "privado" con formato propio, autentificación del emisor, no por firma electrónica avanzada, sino por un sistema de claves otorgadas por el beneficiario y generación y envío de la fianza por un aplicativo proporcionado por aquél. Aún cuando se hayan cubierto los objetivos de agilidad y ahorro de costes, el sistema no será replicable para otros productos u otros beneficiarios, obligando a las compañías a utilizar sistemas, procedimientos y formatos diferentes en función del destinatario de las fianzas con el consiguiente incremento (exponencial) de la complejidad y los costes asociados.

  • En aquellos casos en que la normativa o la práctica habitual exigen exclusivamente la firma de la compañía en la fianza, el sistema es relativamente sencillo. Sin embargo, el proceso se complica cuando es necesaria también la firma del tomador (Corea, EE.UU.) o incluso la del beneficiario (España) pues es necesario un sistema más complejo para permitir la firma remota de todas las partes y se requiere la disponibilidad generalizada de certificados de firma electrónica. Esta disponibilidad se está viendo favorecida por las facilidades crecientes de tramitación administrativa, sobre todo fiscal, en muchos países, que anima a los ciudadanos y a las empresas a la obtención de un certificado de firma y por la introducción en otros (algunos países de la Unión Europea) de Documentos Nacionales de Identidad electrónicos, que incorporan en su "chip" un certificado de firma avanzada.

Amenazas y oportunidades

Como en muchos otros casos de cambio o avances a lo largo de la historia nos enfrentamos con un momento de cambio lleno de oportunidades pero no exento de amenazas.

Creo que el mayor problema en este momento es la coincidencia de múltiples iniciativas por parte de las administraciones públicas de los países a favor de la "eAdministración" en un intento de modernizarse y prestar más y mejores servicios a los ciudadanos a un menor coste con una ausencia de estándares que pueden conducir a las compañías a una situación de complejidad inabordable si cada organismo desarrolla sus propios procedimientos.

Por consiguiente y para convertir esta potencial amenaza en una atractiva oportunidad, estimo que es urgente el desarrollo o adopción de una serie de recomendaciones y estándares, trabajando conjuntamente con otras asociaciones colegas (SFAA, ICISA...) que permitan a las compañías miembro, con el apoyo de la Asociación siempre que sea necesario y posible, participar en el proceso de diseño de soluciones de fianza electrónica en sus respectivos países.

Este es el proyecto principal que intentaré abordar desde mi cargo de Presidente del Comité de Fianzas de la Asociación, con la colaboración inestimable de todos sus miembros.

 

Agradecimientos

La elaboración del presente informe ha sido posible gracias a la colaboración prestada por las siguientes personas y entidades aseguradoras: