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La actividad afianzadora en Venezuela
Gipsy Chafardet
Gerente de Fianzas
Seguros Avila, C.A.
Venezuela

Un poco de historia
En la década de los cuarenta, la actividad aseguradora en Venezuela da pasos firmes para consolidarse como actividad de primera línea en la economía nacional. Aparecen en aquel entonces las primeras fianzas, entre ellas, las de fidelidad que se otorgaban a favor del Ministerio de Hacienda para garantizar las posibles apropiaciones indebidas que pudiesen cometer los recaudadores de impuesto en el ejercicio de sus funciones y las solicitadas por el Ministerio de Obras Públicas para garantizar los anticipos otorgados en la ejecución de importantes proyectos del Estado. Estas sirvieron de inspiración para que ciertas compañías de seguros vinculadas con la actividad bancaria pensaran en el otorgamiento de fianzas para garantizar también las resultas de la ejecución de tales obras.

Este común interés desembocó en la concreción de los primeros contratos de reaseguro de fianzas en Venezuela. Con la disposición de las aseguradoras, el interés del Estado y la existencia de los tratados de reaseguro se abrió paso al desarrollo del afianzamiento en Venezuela.

Auge de la economía venezolana y nuevas demandas
En los años cincuenta y durante la dictadura, la economía nacional vivió una bonanza desconocida hasta entonces, basada fundamentalmente en los grandes ingresos provenientes del comercio exterior, que permitían un ciclo de crédito muy expansivo, y en la existencia de fuertes inversiones extranjeras. Esto, aunado a los intereses particulares del gobierno, estimuló la ejecución de grandes obras de ingeniería en todo el país.

El surgimiento de los avales
Los contratistas encargados de desarrollar esos proyectos obtenían fianzas para garantizar la ejecución de esas obras y el reintegro de los anticipos. Pero, adicionalmente, requerían grandes sumas de dinero para satisfacer sus necesidades de capital de trabajo, que el anticipo concedido no satisfacía. Al acudir a la banca comercial, ésta les negaba los préstamos porque no contaban con garantías suficientes. De esta necesidad nació la figura del aval otorgado por las empresas de seguros, las cuales se convertían así en garantes de pagarés o letras de cambio de esos constructores, ante los bancos.

Los primeros avales fueron garantizados mediante garantías reales, por lo general, hipotecas sobre inmuebles. Al ver lo poco riesgoso que resultaba este negocio y lo bien respaldados que estaban los avales otorgados, los aseguradores optaron por no reasegurarlos, pues consideraban ilógico compartir utilidades en operaciones tan redituables y de siniestralidad prácticamente nula.

Por lo bueno del negocio para unos y lo seguro para otros, los avales tuvieron un crecimiento notorio, extendiéndose a todo género de préstamos y dando lugar a la creación de empresas de seguros especializadas en su emisión.

En vista de semejante auge, algunos reaseguradores de trayectoria internacional visitaron el país y estudiaron estos riesgos. Concluyeron que este tipo de negocio era inconveniente y peligroso, pero en vista de su apogeo y de la necesidad de reaseguro que requería la industria aseguradora local, decidieron otorgar respaldo.

Mientras tanto, y a diferencia de los reaseguradores, algunas empresas de seguros no apreciaron ningún riesgo en el otorgamiento de avales, menos aún, cuando el beneficiario estaba estrechamente vinculado al gobierno militar de entonces, y por esto optaban por no reasegurar los avales que otorgaban.

Crisis y fin de los avales
Hacia 1958 cae el régimen militar, y la economía nacional comienza a sufrir un gran deterioro debido a la reducción de los ingresos que aportaba el comercio exterior, lo que lleva a la paralización de la actividad industrial y de la construcción. La crisis económica de finales de 1958 resultó en muchos casos en la imposibilidad de cumplir con el pago de los préstamos bancarios, y los acreedores reaccionaron inmediatamente ejecutando los avales otorgados por las aseguradoras.

Si bien esta crisis de los avales se origina pues en causas externas al sector asegurador, se agudiza por la debilidad estructural de este sector, que había aceptado cubrir los riesgos en cuestión mediante la simple aplicación de la técnica usual para los ramos técnicos de seguro. Además, no existía para entonces una Ley adecuada para controlar la actividad aseguradora.

Las pérdidas fueron millonarias para la época, representando para los reaseguradores el segundo siniestro más grande a nivel mundial después del terremoto de San Francisco. Pese al apoyo por parte del reaseguro y de las importantes recuperaciones logradas, varias aseguradoras locales terminaron en quiebra.

Luego de esta situación, los reaseguradores decidieron excluir definitivamente de sus contratos al aval y a la fianza para garantizar el pago de cantidades de dinero a un plazo determinado. Por otra parte, en 1965 se promulgó la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, la cual en su capítulo VIII "De las empresas que operan en garantías financieras" estableció difíciles reglas para aquellas compañías de seguros que quisieran otorgar avales. La mala experiencia vivida y las modificaciones realizadas en los contratos de reaseguros y en la Ley acabaron con los avales.

Con el transcurso de los años y la recuperación de la economía, se comenzaron a ejecutar nuevas obras y actividades de diversa índole, que requerían el concurso de las fianzas. Las empresas de seguros vuelven a actuar como fiadoras, pero quedan a merced de los acreedores en cuanto a textos y condiciones. Esta realidad fue vista con gran preocupación por un grupo de aseguradores, quienes, aprovechando el interés del gobierno en modificar la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros de 1965, propusieron algunos cambios. Las modificaciones fueron finalmente publicadas en 1975. Esta Ley a su vez fue modificada en 1994, pero las disposiciones en este sentido no han sido alteradas, encontrándose establecidas en la vigente Ley en su capítulo VIII.

La actividad afianzadora hoy
Gracias a estas modificaciones legislativas y al concurso de casi todas las compañías de seguros a través de la Cámara de Aseguradores de Venezuela, con el fin de controlar y unificar los textos de fianzas que se otorgan en el mercado, y a los sanos criterios de selección de riesgos que utilizan la mayoría de las empresas de seguros, se ha logrado convertir al afianzamiento en una actividad redituable, controlable y predecible, de conformidad con lo previsto en la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros vigente.

Hoy en Venezuela la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguro (en su artículo 114) expresamente autoriza conceder los siguientes tipos de coberturas: fianzas de fiel cumplimiento de contratos de obras u otras obligaciones de hacer, fianzas de licitación, fianzas de obligaciones laborales, fianzas de aduanas, fianzas de anticipos, fianzas de cláusula penal, fianzas judiciales y las demás que no tengan las características de garantía financiera.

Entre los aspectos que se encuentran regulados en la Ley cabe resaltar, a modo de ejemplo, los siguientes: la aprobación previa por la Superintendencia de Seguros de los modelos a ser utilizados para el afianzamiento y de las modificaciones que puedan ser introducidas en los mismos, la prohibición de otorgar garantías financieras, y el establecimiento de los requisitos mínimos que debe contener el documento de fianza (principalmente: la resolución de Junta Directiva que apruebe la misma, la caducidad de las acciones, que no puede ser mayor a un año, y la responsabilidad de los administradores de la compañía por el otorgamiento de fianzas en contravención con lo dispuesto en la Ley).

Las empresas aseguradoras han ido lejos al tratar de unificar, a través del Comité de Fianzas de la Cámara de Aseguradores de Venezuela (órgano encargado de estudiar, discutir y regular los textos de estas garantías), las redacciones de las fianzas a utilizar para solicitar su posterior aprobación ante la Superintendencia de Seguros. Mediante este mecanismo, las aseguradoras consiguieron que al menos un 70% de los textos de fianzas utilizados sean comunes para todas las empresas, además de lograr imponer que se respeten las condiciones de los contratos de reaseguro y se blinden los textos de las fianzas para proteger a las compañías de seguros (el mejor ejemplo de esto en Venezuela se ha dado en el negocio de las concesiones).

El comportamiento del mercado venezolano de fianzas ha sido relativamente constante en los últimos años, con la novedad que representa el surgimiento de Grupos de compañías con composición accionaria y políticas de suscripción comunes. Según datos de la Cámara de Aseguradores de Venezuela, las primas y los siniestros del ramo fianzas para 2002 y 2003 fueron:

Año Primas netas cobradas
(Miles de Bs.)
Siniestros pagados
(Miles de Bs.)
Sin./Prim.
2002 34.691.618,82 3.094.684,66 8,92
2003 45.772.408,43 1.169.430,52 2,55

Como puede verse, las primas netas cobradas mostraron un crecimiento de 31,94% respecto a 2002, y los siniestros pagados disminuyeron un 62,21%, pese a que 2003 fue un año muy afectado por la crisis política y económica.

En Venezuela se estila solicitar una serie de documentos a quienes requieren fianzas, que sirven de base para realizar un correcto análisis legal, técnico y financiero de la obligación a afianzar. Además, naturalmente, se exigen para cubrir los riesgos garantías suficientes, que son protocolizadas antes de la emisión de la fianza, al igual que el pago de la prima generada por la emisión del negocio.

El control posterior de la fianza reviste gran importancia, pues consiste en hacer un seguimiento del cumplimiento de las obligaciones afianzadas y de los cúmulos por afianzado, incentivado esto por los reaseguradores que tienen participación en el negocio, especialmente en la vía facultativa.

Como puede verse, la rigidez de la Ley, los controles que ejerce el Ejecutivo Nacional a través de la Superintendencia de Seguros, la extraordinaria organización de las compañías de seguros que se han propuesto permanecer unidas y trabajar juntas en lo que a fianzas se refiere, por un lado, y los controles internos de cada empresa y el control indirecto que ejercen las reaseguradoras, por otro, hacen pensar que la industria aseguradora aprendió su lección de la crisis de los avales y que nada parecido pasará de nuevo en Venezuela con el otorgamiento de fianzas.