Durante los últimos 15 años, el mercado afianzador de Puerto Rico ha estado manejado, a lo sumo, por diez reaseguradores, ninguno local. Aproximadamente la mitad incluye a Puerto Rico dentro de su cartera de negocios estadounidenses; la otra mitad, dentro de su cartera de negocios internacionales o latinoamericanos. La pregunta es, entonces, ¿cuál es el abordaje correcto: internacional, latinoamericano o estadounidense? Pregúntele a esos diez reaseguradores, y sus respuestas serán bien variadas. No existe una respuesta "correcta", pero sí podemos estar seguros de los orígenes de esta diversidad de enfoques. Situación política En 1493, habiendo navegado desde Cádiz, España, Cristóbal Colón "descubrió" Puerto Rico en su segundo viaje al Nuevo Mundo. Pero a Colón se le escapó un pequeño detalle: la isla ya había sido "descubierta" hacía muchísimo tiempo por los indios taíno. Después de miles de años de cultura taíno, de la cual subsisten todavía términos culinarios como yucca y casabe, Puerto Rico cayó bajo el dominio de la corona española por espacio de 400 años. De esa época, heredamos muchos de los apellidos que se siguen usando en el Puerto Rico actual. En 1898, Puerto Rico pasó del dominio español a ser un territorio de EEUU. Este proceso político tuvo su evolución, que derivó en lo que hoy se conoce como "Estado Libre Asociado" (o lo que nuestros amigos del continente denominan el "Commonwealth of Puerto Rico"), que nos faculta a obtener la ciudadanía estadounidense. ¿Se dan cuenta de cómo se va generando la confusión? ¿Puede algo o alguien ser libre, pero a la vez estar vinculado con o asociado a, y al mismo tiempo estar incorporado (como un estado de EEUU)? Esta pregunta tampoco tiene una única respuesta "correcta". Patrimonio cultural Los últimos cien años han dado lugar a dos acontecimientos significativos para nuestra sociedad. Por una parte, si bien nuestra relación con EEUU fue fundamentalmente de carácter político, nuestra sociedad ha amalgamado elementos de ambas culturas, generando una mezcla que, entre otras cosas, dio origen al Spanglish, esa tendencia nuestra a incorporar muchos anglicismos en nuestro español coloquial. Por otra parte, bajo el control político americano, Puerto Rico tuvo un desarrollo económico sin precedentes, que lo diferencia de muchos de sus pares latinoamericanos. Sin embargo, es con sus pares latinoamericanos con quienes Puerto Rico comparte, en realidad, sus raíces culturales. Un idioma común, una herencia indígena común, una composición étnica común (indígena, española y africana), sumado a la proximidad geográfica, entre otros factores, acercan a Puerto Rico al conjunto de naciones latinoamericanas. Propongo el siguiente experimento: pregúntele a una persona nacida y criada en Puerto Rico si se considera "portorriqueño" o "americano". (Algunos le contestarán a voz en cuello: "Born in the U.S.A." …parafraseando el hit del cantante Bruce Springsteen de los ochenta; otros simplemente se quedarán mirándolo en silencio). Paso siguiente: modifique las preguntas por: ¿"latinoamericano" o "portorriqueño"?; ¿"americano" o "latinoamericano"?; ¿"hispano"?. Recibirá una gran variedad de respuestas, probablemente tan variadas como las que obtendrá de los reaseguradores cuando les pregunte si la cartera de negocios portorriqueña es estadounidense, internacional o latinoamericana. O la misma respuesta que recibirá cuando pregunte por qué la APF publica los resultados del sector afianzador puertorriqueño en forma independiente de los resultados americanos, en tanto que la Surety Association of America (SAA) incluye los resultados en el monto global, como si fuera un estado más. Sistema legal mixto Puerto Rico es lo que podría llamarse una jurisdicción mixta, es decir, tiene un sistema legal mixto (como sucede también en el caso de Luisiana, Quebec, Sudáfrica, Santa Lucía y las Filipinas). Como tal, comparte con EEUU la tradición legal del Common Law (sistema jurídico anglo-norteamericano) y con la mayoría de los países latinoamericanos, la tradición legal del Derecho Continental. Muchos conceptos vinculados con la fianza están bien definidos en su Código Civil (calcado, en gran medida, del Código Español de 1889), mientras que otros temas referidos a las fianzas están tratados en la jurisprudencia. Tradición del negocio afianzador Aunque nuestro Código Civil aborda aspectos clave de la fianza, muchos temas (especialmente en materia de fianzas para la construcción) han sido resueltos en forma similar a lo dispuesto en la Ley Miller en relación con las fianzas. Puerto Rico también sancionó una Pequeña Ley Miller aplicable a todos los organismos públicos. Ahora bien, independientemente de la clasificación que hayan adoptado los reaseguradores para su negocio afianzador en Puerto Rico, sin duda este mercado resulta atractivo por los motivos que se detallan a continuación. Cabe decir que algunos de estos factores lo transforman en un mercado singular, cuando se lo compara con América Latina y con EEUU:
Todavía conservo dos cuadernillos que me resultaron de utilidad durante mis primeros años como suscriptor de fianzas, y el tiempo no ha hecho más que confirmar que sus autores estaban en lo cierto. Uno de ellos es un boletín de la NASBP que recibí cuando me inicié como suscriptor 10 años atrás. El otro es el Boletín Nº 77 de la APF de 1999, que marcó mi primer contacto con la Asociación. (Surge aquí, nuevamente, el "Dilema de Puerto Rico": cartera de negocios americana vs. internacional / latinoamericana). A decir verdad, nos encontramos con situaciones como ésta todo el tiempo. En uno de los Articles incluidos en el cuadernillo de la NASBP se insta a los suscriptores a volver a lo esencial para mejorar los resultados del sector, ¡y esta sugerencia se hizo cuando los resultados del sector afianzador estadounidense eran mucho mejores que los actuales! El Boletín de la APF incluye dos Articles: uno escrito por Rodrigo Campero, quien luego sería Presidente de la APF, y el otro por René Montes de Oca, un amigo, quien a raíz de su relación con la APF y con la NASBP, está en condiciones de ofrecer opiniones fundadas acerca de las condiciones del mercado afianzador mixto de Puerto Rico. El primero analiza las repercusiones de un fallo sobre el sector afianzador, en tanto que el segundo se refiere a los avances en un tema sumamente técnico: las reservas. Aunque cada trabajo presenta temas vinculados con la suscripción en mercados específicos (EEUU, Chile y México respectivamente), la APF los pone en conocimiento de sus miembros, a mi entender, fundamentalmente por dos motivos:
Después de una rápida revisión de los temas tratados en el XVI Seminario Internacional organizado por la APF en Quito, Ecuador, veo que estos dos objetivos siguen en plena vigencia. Espero sinceramente que estas líneas, escritas desde la perspectiva portorriqueña, contribuyan a encontrar puntos en común, al tiempo que nos permitan identificar buenas ideas y desafíos que promuevan el fortalecimiento del sector afianzador en todo el mundo. |